Si estás pensando o tienes un perro en casa, deberías saber esto

Inscribirla en el Censo Municipal, calendario de vacunas y otros requisitos que tienes que cumplir si vives en la ciudad
ctv-utb-shutterstock 284435162

Tiempo de lectura: 3’

¿Sabías que uno de cada cuatro hogares en España tiene un perro como animal de compañía? Eso asegura la última ola del Estudio General de Medios (EGM). Ya sabes que tener una mascota implica ser muy responsable con sus cuidados; por lo tanto, si tienes o estás pensando en tener una, estos consejos te vendrán muy bien (sobre todo si vives en la ciudad).
 

TU MASCOTA DEBE ESTAR INSCRITA EN EL CENSO MUNICIPAL

Las normativas locales de las ciudades más grandes de España establecen que los perros deben ser marcados e inscritos en el censo municipal de animales de compañía. El plazo para hacerlo va desde los 15 días después de su nacimiento o adquisición (por ejemplo, en Valencia) hasta el mes (por ejemplo, en Madrid y Barcelona) o los tres meses (en el caso de los perros recién nacidos en Sevilla).

Si nuestra mascota es un perro peligroso --como por ejemplo Rottweiler, Dogo argentino, Akita Inu, Doberman o American Staffordshire Terrier--estamos obligados a pedir también una licencia especial de las autoridades municipales sin la que nos será imposible inscribirse en el censo municipal.

Algunas ciudades, como Madrid o Barcelona, también piden a todos los dueños de perros a la contratación de un seguro. Otras, como Cádiz o Sevilla, sólo si el animal en cuestión es un perro peligroso.

VACUNAS
 

Los animales de compañía deben estar debidamente vacunados contra las enfermedades que especifique la normativa municipal. Una de las más exigidas para los perros es la vacuna contra la rabia, que se debe aplicar a partir de que el animal tenga tres meses de edad.

Recuerda que tu eres el responsable de que tu mascota esté debidamente alimentada, limpia y sana, con los cuidados necesarios.
 

ctv-xie-shutterstock 110687510


EL DÍA A DÍA DE TU MASCOTA
 

En espacios públicos y en espacios privados de uso común, los perros deben llevar correa. En la mayoría de grandes ciudades, sólo es obligatorio que los animales tengan bozal si son perros peligrosos, si su comportamiento lo requiere o si lo exigen las autoridades municipales por, por ejemplo, motivos sanitarios. Sin embargo, también hay excepciones: en Cádiz todo perro que pese más de 20 kilos debe llevarlo.

Hay territorios que permiten que los perros paseen sueltos por los parques en determinados horarios (en Madrid, entre las 19.00 y las 10.00 en invierno y entre las 20.00 y las 10.00 en verano). Está prohibida la entrada de las mascotas en zonas reservadas a niños o a mayores y en playas o piscinas públicas a menos que el alcalde indique lo contrario.

Los propietarios de bares y hoteles pueden decidir si admitir o no a animales en sus establecimientos, pero tienen que avisarlo a la entrada del local. Aunque se permita la entrada a los perros, estos tendrán que ir con correa y bozal. Las normativas recogen una sóla excepción, la de los perros guía.

Cada vez aparecen más locales petfriendly en los que tu mascota será la más que bienvenida: tiendas, peluquerías, restaurantes, hoteles, gimnasios… Solo tienes que familiarizarte con estos lugares, puedes informarte en páginas como Sr Perro.
 


DE VIAJE POR LA CIUDAD CON TU AMIGO PELUDO

Las autoridades permiten que los perros se transporten en coche, con su debida seguridad, pero prohíben que pasen demasiado tiempo en un vehículo (sobre todo si no cuentan con una buena ventilación o están al sol).
 

ctv-uyq-shutterstock 295505120


Se puede acceder a los metros de Madrid y de Barcelona con perros de asistencia (ej. perros guía), y en el caso de Madrid, también con perros pequeños (aunque el metro se reserva el derecho de admisión según la afluencia de viajeros o las molestias que pueda provocar el animal).

En la capital, los dueños tienen que viajar con sus animales en el último vagón de cada tren. En Barcelona, los perros no pueden acceder al suburbano en las horas punta de los días laborales (entre las 7.30 y las 9.00 y entre las 17.00 y las 19.00) excepto en los meses de verano.

Algunas ciudades, como Cádiz, establecen sanciones si los ruidos de una mascota perturban de manera reiterada la vida en una comunidad. En Sevilla, está directamente prohibido tener un animal en un domicilio particular si este puede causar molestias o situaciones de peligro a los vecinos. Mientras tanto, en Madrid, los residentes de un bloque de pisos pueden pedir no coincidir con perros en los ascensores, a menos que estos sean perros guía.
 

CADENA 100